Soy un vecino de Balcarce, y estoy muy molesto, pues cuando los automovilistas cometemos errores se nos llama asesinos e irresponsables pero..¿qué hay de los que sin ir en un automóvil, pueden provocar una tragedia o hacer pasar una situación desagradable y de angustia a otro al causar un accidente?.

Me refiero a un hecho ocurrido el pasado sábado 15 de marzo, a las 17 horas aproximadamente, a mi esposa que circulaba en un automóvil que manejaba un chofer de remise de nuestra ciudad, y en las cercanías de la Laguna de Los Padres, se toparon con una apretada formación de ciclistas deportivos. Momentos antes de llegar a ellos uno cayó, quedando tendido en la calzada y otros tropezaron con su bicicleta y cayeron a la cinta asfáltica también.

El chofer, que iba a una prudente velocidad y por la mano derecha detrás del pelotón, constató por el retrovisor que no viniera nadie detrás de él y los sobrepasó por la mano interna, comentándole más tarde a mi esposa, que si no hubiera podido realizar esa maniobra no hubiera tenido tiempo de frenar, a pesar de la baja velocidad, para evitar pisar al ciclista caído. Yo pregunto: ¿No hay una reglamentación que prohíben la circulación de ciclistas por esa zona, anunciada por clarísimos carteles que muestran una bicicleta cruzada con una banda roja? ¿Si se atropellaba al ciclista caido, el chofer pagaba como si fuera un criminal, por ser causante de un grave daño o muerte, sin tener responsabilidad en el hecho? ¿Quién iba a sancionar a los ciclistas, de ocurrir una desgracia, por los daños causados, tanto materiales como morales?...

Porque convengamos a nadie le gusta causar lesiones o matar a un semejante, aunque sea en un accidente inevitable. Creo que es hora que se cumpla esa reglamentación...Así como es justo que el automovilista irresponsable pague por los daños que provoque con su accionar incorrecto, tambien otros que van sobre las rutas, en situación tan irresponsable como el que va en un automóvil, debe pagar por su error... ¡Eso sería justicia!

Guillermo Alzueta

4 comentarios:

Anónimo dijo...

TOTALMENTE DE ACUERDO CON EL COMENTARIO DE LOS IRRESPONSABLES
QUE CAUSAN ACCIDENTES, PEATONES, CICLISTAS Y DEMAS BESTIAS, QUE NO
RESPETAN LA VIDA NI LA DE LOS DEMAS,CAUSANDO ACCIDENTES Y MUERTES
Y NO TIENEN NINGUNA RESPONSABILIDAD, OJALA CAMBIE ALGUN DIA, PERO MIENTRAS ESTE TINELLI EL LA TELE, LO DUDO

Anónimo dijo...

LA LEY DE TRÁNSITO ES CLARA Y PROHIBE A LOS CICVLISTAS CIRCULAR EN RUTAS. LOS POLICIAS DE LA CAMINERA DE LA RUTA 226, ¿NO LO SABEN?

CABALGADURAS Y VEHICULOS DE TRACCION A SANGRE O MENORES
ARTICULO 67DEG: Las cabalgaduras y vehiculos tirados por animales solo
podran circular por vias publicas pavimentadas en las zonas urbanas,
cuando por la caracteristica del distrito las autoridades municipales asi
lo dispongan; deberan estar dotadas de herraduras y ruedas neumaticas,
salvo los autorizados por la excepcion prevista en el articulo 31DEG, en
cuyo caso los animales deben estar provistos de herraduras.
Los vehiculos menores impulsados por personas solo podran circular por
vias publicas urbanas, sobre la derecha de la calzada junto a la acera.
Las cabalgaduras, vehiculos de traccion a sangre y vehiculos menores, en
ningun caso podran circular sobre las calzadas de carreteras, autopistas,
semiautopistas o rutas en zonas rurales, suburbanas, o urbanas con la
excepcion prevista en el articulo 31DEG.

Anónimo dijo...

LA LEY DE TRANSITO PROHIBE A LOS CICLISTAS CIRCULAR EN RUTAS. LOS POLICIAS DE LA CAMINERA DE LA 226, ¿NO LO SABEN?

CABALGADURAS Y VEHICULOS DE TRACCION A SANGRE O MENORES
ARTICULO 67DEG: Las cabalgaduras y vehiculos tirados por animales solo
podran circular por vias publicas pavimentadas en las zonas urbanas,
cuando por la caracteristica del distrito las autoridades municipales asi
lo dispongan; deberan estar dotadas de herraduras y ruedas neumaticas,
salvo los autorizados por la excepcion prevista en el articulo 31DEG, en
cuyo caso los animales deben estar provistos de herraduras.
Los vehiculos menores impulsados por personas solo podran circular por
vias publicas urbanas, sobre la derecha de la calzada junto a la acera.
Las cabalgaduras, vehiculos de traccion a sangre y vehiculos menores, en
ningun caso podran circular sobre las calzadas de carreteras, autopistas,
semiautopistas o rutas en zonas rurales, suburbanas, o urbanas con la
excepcion prevista en el articulo 31DEG.

Anónimo dijo...

Nazareno, 26 años, de mardelplata

No hay nada que decir, tenes razon, los carteles estan por que la ley existe...pero adonde salimos a pedalear los ciclistas? Tuve la experiencia de vivir en españa, y alla todos los ciclista salen a la ruta, aficionados o profesionales, y no hay bisisenda. Muchas veces me cruce con los hermanos curuchet en la ruta 226.
El problema es la imprudencia, de cualquiera de las dos partes(no hace falta aclarar que aca se maneja pesimo, en la ruta y en la ciudad, y que los ciclistas muchas veces vamos ocupando media ruta, , pensando en el que viene a 150 km/h detras de nosotros nos vaya a esquivar.) y lo digo, porque acabo de llegar de entrenar y vi en la zona que describis, a la policia, a 3 muchachos mirando a su compañero muerto en la banquina (todos ciclistas).
Que paso? no se, mañana lo diran los diarios, supongo.

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